Los ingenieros que laboran en el sector privado como proyectistas, contratistas, subcontratistas y supervisores de obras públicas no son funcionarios públicos


El Colegio de Ingenieros del Perú – Consejo Departamental de Lima se dirige a los miembros de las comisiones de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera, y de Fiscalización y Contraloría del Congreso de la República, para solicitarles que archiven el Proyecto de Ley N° 7316/2023-CG, que la Contraloría General de la República ha enviado al Congreso de la República con el objeto de convertir en funcionarios públicos a los ingenieros que laboran en el sector privado como proyectistas, supervisores y ejecutores de obra, así como a los socios,
directores, representantes, gerentes y administradores de las empresas dedicadas a estas labores, no solo en obras públicas, sino en concesiones, asociaciones público-privadas y toda clase de modalidades contractuales, sin excepción alguna.
El objeto de la Contraloría es someter bajo su competencia a los ingenieros peruanos y extranjeros que laboran en el sector privado, a fin de sancionarlos por las supuestas deficiencias de los expedientes técnicos, por autorizar prestaciones adicionales y por aprobar ampliaciones de plazo que, en su opinión unilateral, generen perjuicio al Estado o causen una grave afectación a un servicio público, con lo que se convierten en juez y parte.
En la mayoría de los casos, los adicionales son ajustes que se requieren para poner la obra en su justo valor, que solo se pueden advertir durante la ejecución misma de los trabajos y que resultan indispensables para alcanzar el objeto del contrato, razón por la cual tampoco es posible atribuirlos a presuntas deficiencias del expediente técnico. Las ampliaciones de plazo por causas ajenas al contratista son igualmente
necesarias para sincerar la duración de la prestación y para retribuirle por el tiempo exacto en que desarrolla sus labores. No admitirlo es desconocer las exigencias de
la realidad.